
Cambio en el régimen educativo para el Nivel Secundario
Cambio en el régimen educativo para el Nivel Secundario
Desde este año se implementará la Resolución 1650 la cual establece que los estudiantes del nivel secundario de la provincia de Buenos Aires acreditarán los contenidos de cada asignatura, por lo tanto solo recursarán aquellas materias que el docente considere que no han sido aprobadas, en lugar de recursar el ciclo anual completo. De esta forma, con el nuevo régimen académico, el estudiante no deberá tener que volver a cursar las materias que ya haya aprobado.
El régimen que se venía implementando hasta ahora data desde el 2011 “y necesitaba una actualización para mejorar algunas cuestiones”, consideraron las autoridades educativas lamatritenses.
El nuevo entrará en vigencia con el inicio del ciclo lectivo y se implementará en todos los establecimientos educativos del distrito, como así también de la provincia de Buenos Aires.
“El nuevo régimen normativiza situaciones que ya venían sucediendo desde el período de la pandemia y las nuevas formas de aprender”, apuntaron luego y aclararon que “será gradual e integral”.
De la repitencia:
Se implementarán varios cambios, el más comentado está referido a la repitencia. Las materias son anuales divididas en dos cuatrimestres. Aquellos alumnos que deban materias tendrán que hacer las intensificaciones para acreditar el aprendizaje. Se podrán intensificar hasta cuatro materias.
Cada escuela, de acuerdo a su realidad, podrá disponer de estas intensificaciones en contraturno, con el mismo docente que cursó en el año anterior o con el que está cursando en el presente ciclo lectivo.
Aquellos alumnos que tengan que intensificar más de 4 materias trabajarán con el equipo de trayectorias educativas que evaluará la situación particular.
En ese marco se explicó que hasta 4 materias podrán intensificarlas. El resto deberá recursarlas. Estas se definirán en conjunto entre el alumno, el equipo y las familias. La recursada y la intensificación podrán sumar como máximo 12 materias. Si tuviera más, en ese caso sí deberá repetir el Año.
La novedad es que la materia aprobada no se recursa. Con el régimen anterior, los repitentes debían sí o sí recursar la totalidad de las materias, incluyo aquellas que había aprobado.
De Segundo a Quinto Año se le dará prioridad a la recursada (en aquellos casos, que como ya se indicó, superen más de 4 materias adeudadas) mientras que en Sexto Año se le dará prioridad a aquellas materias que cursen las que no han tenido. “Mientras se va recursando se va haciendo la del año superior”, se aclaró.
“El cambio del Régimen asimila el funcionamiento de la Secundaria con la Universidad. La materia aprobada no se vuelve a cursar”, sintetizaron las autoridades educativas.
Cómo es la cursada:
El ciclo lectivo se cursará en dos cuatrimestres y habrá seis períodos de intensificación: al inicio y cierre de cada cuatrimestre, además de diciembre y enero.
Los alumnos que no alcancen los aprendizajes en el primer Cuatrimestre, intensificarán en el segundo para recuperarlos. Mientras que los que alcanzaron los contenidos profundizarán los contenidos.
A mediados de cada cuatrimestre se seguirá con la valoración preliminar (TEA, TED, TEP) y, al final de cada cuatrimestre habrá una calificación numérica (1 a 10), que se comunicarán a través del Registro Institucional de las Trayectorias Educativas (RITE). En los períodos de intensificación se aprueba con 4 y la cursada con 7.
Asistencias:
Se podrán sumar hasta 28 inasistencias durante todo el ciclo. Se sumarán casos especiales de justificación, como en los casos de violencia de género. Las inasistencias se cuentan institucionalmente y por materia.
Aquellos que superen el máximo se contabilizará por materia y para aprobar necesita al menos el 75 por ciento de asistencia a las clases realmente dadas.