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¿Cómo se aplicará el descuento para los usuarios que no tengan gas?

¿Cómo se aplicará el descuento para los usuarios que no tengan gas?

¿Cómo se aplicará el descuento para los usuarios que no tengan gas?

¿Cómo se aplicará el descuento para los usuarios que no tengan gas?

A través de la Ordenanza Fiscal e Impositiva, se fijo que para los usuarios que no poseen servicio de gas, durante los meses de invierno se verán beneficiados con un descuento en la Tasa de alumbrado público que se cobra junto a la boleta de EDES.
Vale decir que  mediante la Ley 10740, la provincia de Buenos Aires regula la Tasa por Alumbrado Público, permitiendo que las empresas de electricidad facturen este cargo municipal junto con la boleta de luz, a cambio de que los municipios compensen a las empresas por el servicio de mantenimiento y la deuda por alumbrado público. Los municipios adhieren a esta ley, como es el caso de La Madrid, la distribuidora eléctrica actúa como agente de percepción, y el control sobre los montos y la fiscalización es exclusivo de cada comuna. 

En la norma que se aprobó en el HCD se aumentó la alícuota del 23 al 30 por ciento para todos los usuarios pero aquellos que no cuenten con la red de gas domiciliaria, en los meses de mayo-junio y julio-agosto se verán beneficiados con un 40 por ciento de descuento en esa alícuota 

¿De qué se trata el beneficio?

Desde el Municipio se explicó que el beneficio regirá para los meses de temperaturas más bajas. Contempla el 40 por ciento de descuento y solo será para los usuarios que no cuentan con red de gas domiciliaria. Es decir aquellos que tienen viviendas donde aún no está la red de gas instalada.
Estas personas deberán acercarse a la Mesa de Entradas ubicada en el Palacio Municipal y deberán completar un formulario solo con la presentación de la boleta y el NIS. Tendrán tiempo para hacer el trámite hasta antes del 28 de febrero.   

 

 

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