
Qué dice la nueva Ordenanza que reglamenta al Plan Familia Propietaria
Qué dice la nueva Ordenanza que reglamenta al Plan Familia Propietaria
En la última sesión del Honorable Concejo Deliberante se aprobó la nueva reglamentación del programa Plan Familia Propietaria, que, entre las principales novedades, habilitará a personas sin familia, a poder acceder a la adjudicación de terrenos.
En ese sentido los bloques coincidieron que “es necesario oportunidad a todos y no solo a las parejas”.
Así las personas mayores de 18 años sin hijos ni familiares a cargo, podrán inscribirse en los registros oficiales del Municipio para construir su vivienda. Hasta ahora si no contaban con un núcleo familiar no podían acceder a un lote por no reunir este requisito excluyente.
La Ordenanza establece una residencia legal y real mínima de 2 años en el Partido de General La Madrid, exceptuando a aquellos que hayan nacido en el distrito. Como otros programas, no podrán poseer bienes inmuebles registrados a su nombre.
Marca además que el pago del lote en el tiempo y la forma determinada por el Ejecutivo y la construcción de una vivienda única y de ocupación permanente se deberá realizar en los plazos que establezca el gobierno local, que tendrá la potestad, en caso de que el adjudicatario no cumpla con los plazos, a restituirse el terreno.
Cada seis meses el Departamento Ejecutivo deberá publicar el listado de solicitantes que se encuentren en el Registro de Aspirantes.
Crea una Comisión integrada por representantes del Ejecutivo, el HCD y profesionales y tendrá la función evaluar los requisitos de cada uno de los inscriptos y controlar su admisibilidad y permanencia en el programa de acuerdo a cada llamado en particular, no así la de adjudicar.